Pensamos que uno de los principios fundamentales en el ámbito del derecho civil es lo que se conoce como el principio de «Pacta sunt servanda», que establece que los acuerdos deben ser cumplidos. Si este principio se aplica de manera estricta, si una de las partes se compromete a pagar un alquiler por un período determinado al propietario de una vivienda, debería cumplirlo sin la posibilidad de terminar el contrato de forma unilateral.
Sin embargo, en los contratos de arrendamiento de vivienda no se aplica de esta manera y el arrendatario tiene la opción de rescindir el contrato mediante dos métodos:
Una alternativa es poner fin al contrato debido a un incumplimiento grave por parte del propietario, lo que facultaría al arrendatario a resolver el contrato. Esto podría suceder, por ejemplo, en situaciones donde la vivienda no cumple con los estándares necesarios de habitabilidad o salubridad que permitan al inquilino residir en ella y usarla como su residencia habitual. En nuestro artículo «¿Puedo terminar el contrato de arrendamiento antes de que expire?» ya hemos explicado algunos ejemplos de incumplimientos que podrían justificar la terminación del contrato por incumplimiento.

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